viernes, 4 de marzo de 2022

Escuela clasica

 

Esta escuela no existe como tal, pero Enrico Ferri; la define así basado en las ideas de la ilustración, en donde se expone que todos somos libres, iguales y racionales, siendo así miembros útiles de la sociedad.

Los postulados de esta escuela toman forma de las bases clásicas del derecho penal, de las primeras ideas de la sociología, y las ideas expuestas por sus principales exponentes. La premisa clave en todo esto se centra en la forma de aplicar la pena acorde al crimen cometido, pues las injusticias de la época hacían la aplicación de penas absurdamente fuertes por crímenes menores, cosa que se considera hoy día como una barbarie.

La otra premisa es la criminalidad depende de las leyes existentes, es decir no hay crimen sin ley previa que lo indique, y si no hay crimen; no hay pena, por lo que las penas existentes deben estar contempladas en la ley.

El resultante de lo anterior tanto para el derecho penal como para la criminología clásica es que las penas tienen la función de corregir al individuo y reintegrarlo a la sociedad, y que las mismas penas sirven como disuasorio de la conducta criminal, es decir; cumple una función preventiva en la sociedad, pues se asume que no existe una pena para efectuar como pago de un crimen cometido, para ejemplificar con una pregunta la racionalidad de la pena ¿a cuantos años cárcel se paga un homicidio? ¿a cuantos una violación?, es decir la pena solo sirve para prevenir o corregir a un individuo de una conducta criminal.

 

Parta ahondar en ello debemos estudiar a los principales pensadores de esta escuela, recordando que sus aportes están más enfocados en el derecho penal, la penología (que surge como ciencia muchos años después), y la sociología, no tanto a la conducta criminal y sus porque en la sociedad.    

 

 

Cesare Becarria (1738-1794) nació en Milán, Italia, fue un literato, filósofo, jurista y economista italiano, escribió un libro llamado “De los delitos y de las penas”, que revoluciono algunos de los castigos de esa época, algunos autores mencionan que el Márquez fundó las bases de la escuela clásica, Beccaria pensaba en la rehabilitación de los delincuentes.    

Figura 1. Cesare Beccaria.

Nota. Adaptado de Cesare, [Imagen], Por Google Arts & Culture, (s. f.). https://artsandculture.google.com/entity/m01bwlp?hl=es

 

John Howard(1726-1790) nació en Hackney, Londres, Inglaterra , fue un filántropo y reformador de la prisión inglesa, es una de las personas importantes para derecho penal en 1756 fue capturado por piratas fue puesto en una cárcel de Francia y en ese momento experimento lo inhumano que eran las cárceles, cuando fue liberado volvió a Inglaterra, lo nombran sheriff  tiene más contacto con los delincuentes, motivado por su experiencia encarcelado, hizo unas investigaciones, visito muchas cárceles en ellas noto que tenían un mismo patrón  los hombres y mujeres compartían la misma celda, los niños estaban encerrados con los adultos, los enfermos mentales estaban con las personas normales, asimismo los que tenían enfermedades físicas , incluso en algunas cárcel no daban alimentos y con base a eso publico sus obras “Estado de las Cárceles en Inglaterra y Gales” en ella propuso nuevas reformas:

1.    Limpieza y salubridad del recinto carcelario como base para toda actuación posterior, evitando enfermedades y epidemias.

2.    Separar a los condenados por delitos mayores de los condenados por delitos menores, clasificando a los presos según el sexo, la edad y el tipo de condena.

3.    Incentivar el trabajo y la instrucción de los condenados como elemento reinsertador [sic] evitando a toda costa la ociosidad, orientando el establecimiento para el retorno del individuo a la sociedad.

4.    Adopción del sistema celular, o sea: el aislamiento nocturno del condenado en una celda, de manera que se evite la promiscuidad y la corrupción moral de los presos.

5.    Necesidad de instaurar órganos permanentes de control y revisión, cuya imparcialidad y profesionalidad en su actuación será decisiva, entendiendo que por muy perfecto que sea el sistema siempre degenera.

6.    Necesidad de establecer una normativa regimental clara y precisa que debe ser objeto de publicidad. Reacciona contra la privatización penitenciaria pues siempre va vinculada a un menoscabo para las condiciones de los reclusos. (Morales,2010)

Howard no estudio el crimen, sino que investigó nuevas reformas para ayudar a los criminales.

                      

Figura 2. John Howard

                           Nota. Adaptado de John Howard [Imagen]. Por Wikipedia la enciclopedia libre, (s. f.-b).            https://en.wikipedia.org/wiki/John_Howard_(prison_reformer)

 

Jeremy Bentham (1748-1832) nació en Houndsditch, Londres, Inglaterra fue un filósofo, jurista, economista, escritor y reformador social inglés, fundador del utilitarismo, fue el discípulo de Howard, una de sus obras más famosa es el “Panóptico” en ella propone construir una cárcel circular con una torre de vigilancia en el centro para poder vigilar a todos los delincuentes, su propuesta no fue bien recibida en Inglaterra, la propuso a los franceses y ellos la pusieron en marcha no solo la uso Francia, sino que otros países utilizaron esta infraestructura, en su otra obra llamada   “ Teoría de las penas y las recompensas” en ella proyecta que la pena debe ser dada para enmendar a los presos y poder reincorporarse en la sociedad, el estaba en contra la pena de muerte ya que con ella habían más crímenes y los delincuentes no podían reformarse.

Figura 3. Jeremy Bentham

Nota. Adaptado deremías Bentham: padre del utilitarismo inglés, por Álvarez Araya, O, 2021,]. Wall Street International Magazine. https://wsimag.com/es/cultura/65115-jeremias-bentham-padre-del-utilitarismo-ingles


Figura 3. Panóptico
Nota. Adaptado de El Panóptico, una prisión perfecta [Fotografía], por Martí, M, (s. f.), Historia General. https://historiageneral.com/2013/02/04/el-panoptico-una-prision-perfecta/

Francesco Carrara (1805-1888) nació en Lucca, Italia, fue jurisconsulto y profesor italiano, se le considera el padre de la escuela clásica del derecho penal, en su obra “Programa di Diritto Criminale” el declara que la pena tiene que ser igual que el crimen, que la condición de imponer una pena es para reformar al individuo y reinsertarlo a la sociedad, la pena para él no es castigo, es una forma de corregir al individuo y también se usa prevenir el crimen. Sus ideas están basadas en el humanismo del renacimiento. 

   Figura 4. Francesco Carrara.

Nota. Apadtado de  Francesco Carrara [Fotografía]. Wikipedia Enciclopedia libre. https://es.wikipedia.org/wiki/Francesco_Carrara

Giovanni Carmignani (1768-1847) nació en Cascina, Italia, en su “Elementa iuris criminalis” el declara que las penas se deben aplicar para prevenir mas crímenes y poder tener un control en la sociedad, el concuerda con Carrara en la oposición de la pena de muerte.

Figura 5. Giovanni Carmignani

Nota. Adaptado de Giovanni Carmignani [Fotografía]. Wikipedia la enciclopedia libre. https://it.wikipedia.org/wiki/Giovanni_Carmignani


Pellegrino Rossi (1787-1848) nació en Carrara Italia, fue un economista, político y jurista italiano, “consideraba que existía un orden moral que todos los seres libres e inteligentes debíamos de seguir, pensando así que estos ordenes debían aplicarse en la sociedad, puesto que todos los individuos estamos hechos para vivir en sociedad” (Quibert,2008, pág. 53).

Figura 6. Pellegrino Rossi

                                               

Nota. Adaptado de Pellegrino rossi [Imagen]. THE HISTORY OF ECONOMIC THOUGHT WEBSITE. http://www.hetwebsite.net/het/profiles/rossi.htm












Referencias Bibliográficas.

Álvarez Araya, O. (2021, 8 marzo). Jeremías Bentham: padre del utilitarismo inglés [Fotografía]. Wall Street International Magazine. https://wsimag.com/es/cultura/65115-jeremias-bentham-padre-del-utilitarismo-ingles

Cesare. (s. f.). [Imagen]. Google Arts & Culture. https://artsandculture.google.com/entity/m01bwlp?hl=es

Martí, M. (s. f.). El Panóptico, una prisión perfecta [Fotografía]. Historia General. https://historiageneral.com/2013/02/04/el-panoptico-una-prision-perfecta/

Morales, J. (2010, 13 diciembre). «Que se sequen en la cárcel», acerca del legado de John Howard. Revista RYPC. Recuperado 2 de febrero de 2022, de https://www.revista-rypc.org/2010/12/que-se-sequen-en-la-carcel-acerca-del.html

QUISBERT, E. R. M. O. (2008). HISTORIA DEL DERECHO PENAL A TRAVÉS DE LAS ESCUELAS PENALES Y SUS REPRESENTANTES. CED. https://www.sijufor.org/uploads/1/2/0/5/120589378/historia_del_derecho_penal_a_traves_de_las_escuelas_penales_-_quisbert_ermo.pdf

THE HISTORY OF ECONOMIC THOUGHT. (s. f.). Pellegrino rossi [Imagen]. THE HISTORY OF ECONOMIC THOUGHT WEBSITE. http://www.hetwebsite.net/het/profiles/rossi.htm

Wikipedia. (s. f.). Giovanni Carmignani [Fotografía]. Wikipedia la enciclopedia libre. https://it.wikipedia.org/wiki/Giovanni_Carmignani

Wikipedia. (s. f.-a). Francesco Carrara [Fotografía]. Wikipedia Enciclopedia libre. https://es.wikipedia.org/wiki/Francesco_Carrara

Wikipedia. (s. f.-b). John Howard [Imagen]. Wikipedia la enciclopedia libre. https://en.wikipedia.org/wiki/John_Howard_(prison_reformer)

 

 

 

 

     







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